El Tribunal de Juicio de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en Mercedes condenó a Rómulo Augusto Bobbio por el delito de administración fraudulenta, en el marco de una causa vinculada con la desaparición de 1.966 cabezas de ganado pertenecientes a la firma Landver S.A.
La sentencia N° 6/26 fue dictada por el tribunal integrado por los jueces Jorge Alberto Troncoso, como presidente, junto a los vocales Juan Manuel Ignacio Muschietti y Ramón Alberto Ríos. En el juicio intervino el fiscal Oscar Cañete, mientras que la defensa estuvo a cargo del defensor oficial subrogante Edgardo Gustavo Grimberg. Como actor civil participó el abogado Matías José Mosca Tressens, en representación de la empresa damnificada.
En diálogo con ÑANDE CABLE, el juez Jorge Alberto Troncoso explicó que la particularidad de esta causa es que no fue encuadrada como abigeato, sino como administración fraudulenta, debido a que el ganado había sido entregado bajo un acuerdo previo para su administración y posterior comercialización.
“Si bien desaparece la hacienda, el delito que atribuye la fiscalía no es abigeato, sino administración fraudulenta porque la hacienda había sido puesta a su cargo, a su cuidado para la posterior venta”, detalló.
Según se acreditó en el debate oral, el 4 de octubre de 2019 Bobbio firmó un contrato de consignación de venta de ganado vacuno mediante el cual recibió 1.966 cabezas bovinas —entre toros, vaquillonas, vacas preñadas, vacas secas e invernada— que debían ser trasladadas desde el establecimiento “Buena Vista” hacia el campo “Santa Ana del Trébol”, en Curuzú Cuatiá.
Con el paso del tiempo y tras reiteradas intimaciones, representantes de la empresa intentaron ingresar al campo acompañados por un escribano y camiones para retirar la hacienda, pero, según relató Troncoso, el imputado no permitió el acceso. Posteriormente se realizó un allanamiento en 2020 y allí se constató que de las 1.966 cabezas solo quedaban siete toros y el hierro de marca de la firma damnificada.
“El allanamiento permitió encontrar únicamente siete toros y la marca a fuego de la empresa”, señaló el magistrado.
El tribunal consideró acreditada la maniobra fraudulenta y resolvió condenar a Bobbio a tres años de prisión de ejecución condicional. La fiscalía había solicitado cinco años de prisión efectiva, mientras que la defensa pidió la pena mínima de un año condicional.
Troncoso explicó que se tuvo en cuenta que el condenado no posee antecedentes penales y que se trata de un delito patrimonial cometido sin violencia.
Además de la condena penal, la sentencia también contempla un resarcimiento económico para la firma afectada. El juez indicó que el monto será calculado al momento del efectivo pago, tomando como referencia el valor de la hacienda en el mercado de Cañuelas.
“Según lo aportado por el actor civil, el perjuicio rondaría aproximadamente 1.700.000 dólares”, precisó.
Durante la entrevista, Troncoso también destacó que este tipo de situaciones suele darse cuando una de las partes actúa como inversionista y delega el manejo diario de la hacienda en otra persona dedicada a la actividad ganadera.