LA JUSTICIA ORDENÓ EL PRIMER EMBARGO DE FONDOS SOBRE BILLETERAS VIRTUALES

La Justicia habilitó el primer embargo sobre los activos digitales (billeteras virtuales) de un contribuyente moroso, luego de que la AFIP lo pidiera ante la imposibilidad de cobrar la deuda mediante fondos en cuentas bancarias.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Federal de la Seguridad Social número 10 tras un pedido de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para asegurarse cobrar deudas acumuladas por el moroso. No trascendió el monto de la deuda hasta el momento.

Los abogados del ente recaudador presentaron ante el juzgado la solicitud a partir de que “el demandado no regularizó ni canceló la deuda ejecutada” a lo que se sumó “el agravante” de que no contaba con fondos en cuentas bancarias tradicionales.

Los embargos sobre contribuyentes morosos de la AFIP pueden hacerse con orden de la Justicia. Hasta el momento, se efectuaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.

Con el desarrollo y el uso extendido que evidenciaron en los últimos dos años los medios de pago electrónicos llevaron al organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont a incluir a las billeteras virtuales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas.

A partir de eso, la AFIP identificó 9800 contribuyentes morosos para los que solicitará a la justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales.

El organismo busca así avanzar en el cobro de unos $24.000 millones en impuestos adeudados por estos contribuyentes. Se trata de una de las herramientas para mejorar la recaudación fiscal en momentos en que se busca cerrar el acuerdo con el FMI por la deuda.

Las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses en medio de la pandemia de coronavirus. Ese plazó terminó con el 2021.

FUENTE: TN.

Radio Bella Vista