El fiscal Ramón Muth habló en CABLEINFORMA sobre los cambios introducidos por el nuevo Régimen Penal Juvenil y su aplicación en la provincia de Corrientes. Durante la entrevista explicó las diferencias respecto del sistema anterior, las medidas previstas para adolescentes que cometan delitos y la importancia de informar a las familias y a las instituciones educativas sobre el nuevo marco legal.
Según señaló, uno de los principales cambios es la reducción de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, lo que implica que los adolescentes comprendidos entre los 14 y los 17 años pueden quedar sujetos a una investigación penal bajo un régimen especial.
Muth sostuvo que la modificación representa un cambio respecto del sistema anterior, al establecer un tratamiento diferenciado para los adolescentes en conflicto con la ley penal. Explicó que el nuevo esquema contempla la investigación de distintos tipos de delitos, incluidos hechos de menor gravedad, como lesiones leves, amenazas o estafas.
En ese sentido, indicó que situaciones que anteriormente no daban lugar a una investigación penal contra adolescentes de determinadas edades ahora pueden requerir la intervención de la Justicia. No obstante, aclaró que el procedimiento debe respetar las garantías y particularidades establecidas para las personas menores de edad.
El fiscal también diferenció el régimen penal de alcance nacional de la normativa procesal provincial. Según explicó, mientras la legislación nacional determina las condiciones de responsabilidad penal y las sanciones aplicables, la normativa de Corrientes establece los procedimientos que deben seguirse durante las investigaciones.
En relación con su implementación, señaló que se asignaron transitoriamente funciones penales juveniles a magistrados que se desempeñaban en el ámbito civil, de familia y de menores, con el objetivo de poner en funcionamiento el sistema.
Otro de los aspectos que destacó fue el carácter diferenciado de las sanciones. Muth explicó que la legislación contempla la etapa de desarrollo y maduración de los adolescentes, por lo que las respuestas judiciales no son idénticas a las previstas para las personas adultas.
En ese marco, describió tres grandes grupos de delitos según su gravedad y las alternativas que pueden considerarse en cada caso.
Para los hechos de menor gravedad, señaló que se priorizan mecanismos de justicia restaurativa, como tareas comunitarias, capacitaciones y otras medidas destinadas a promover la responsabilidad del adolescente y evitar la reiteración de conductas delictivas.
En los casos de gravedad intermedia, explicó que también pueden evaluarse salidas alternativas, dependiendo de las circunstancias y de los requisitos legales. Entre las medidas mencionó la continuidad educativa, el acompañamiento psicológico y la atención de situaciones de consumo problemático cuando corresponda.
“Estamos hablando de darle al menor una nueva oportunidad, que se escolarice, que haga un tratamiento psicoterapéutico”, expresó al describir el sentido de estas herramientas.
En cuanto a los delitos más graves, indicó que el régimen contempla la posibilidad de imponer penas privativas de libertad, aunque bajo condiciones específicas para adolescentes. Remarcó que, de corresponder una medida de encierro, debe cumplirse en establecimientos separados de los destinados a personas adultas.
Muth consideró que todavía existe un importante desconocimiento social sobre las implicancias de la responsabilidad penal juvenil. Como ejemplo, mencionó que un hecho de tránsito en el que un adolescente provoque lesiones graves puede dar lugar a una investigación judicial.
En esas circunstancias, explicó, el joven deberá comparecer con asistencia legal y con la intervención de los organismos correspondientes para garantizar sus derechos durante el proceso.
Finalmente, el fiscal destacó la necesidad de desarrollar charlas informativas en las escuelas para que los adolescentes conozcan las normas y las consecuencias legales de sus acciones.
Según adelantó, existe una iniciativa del Poder Judicial de Corrientes para impulsar actividades de capacitación en instituciones educativas, y manifestó su intención de articular propuestas similares en Bella Vista junto con la Asesoría de Menores y los demás organismos involucrados.
De esta manera, Muth planteó que la implementación del régimen requiere no solamente adecuaciones dentro de la Justicia, sino también un trabajo de información y prevención dirigido a los jóvenes, sus familias y la comunidad educativa.
La Ley Nacional 27.801 fue publicada el 9 de marzo de 2026 y entró en vigencia el 5 de septiembre. Su artículo 1 establece el régimen para adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18.