LA LEY DE GÓNDOLAS REGULA LA VENTA ONLINE

La Secretaría de Comercio Interior reglamentó la Ley de Góndolas para que se aplique también en las plataformas de comercio electrónico de las grandes cadenas de supermercados. A través de la Resolución Nº926/2021 que se publicó este viernes en el Boletín Oficial, se estableció que las páginas web deberán ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad de medida.

“De esta manera, las y los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles. Este ordenamiento de la presentación deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas de ordenamiento disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria”, explicaron desde la Secretaría de Comercio Interior.

Con este cambio, las páginas online deberá disponer de uno o más botones con la indicación “clara y precisa” del criterio de exhibición de productos. La resolución también estableció que los productos deberán mostrarse “bajo un principio de neutralidad sin destaques o leyendas promocionales”.

Además, según la normativa, los sitios estarán obligados a indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por la Secretaría de Comercio Interior. Así, si el consumidor elige una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, también podrá visualizar fácilmente el producto más barato por unidad de medida.

Otra obligación para las cadenas de supermercados es la identificación de productos fabricados por MiPyMEs. A partir de ahora, se deberán destacar en las páginas web de los supermercados la oferta de productos elaborados por pequeñas empresas (micro y pequeñas empresas, agricultura familiar, campesina e indígena, economía popular, cooperativas o asociaciones mutuales), también con una señalética específica aprobada por la Secretaría de Comercio Interior.

FUENTE: «INFOBAE».