CRÉDITOS PARA MONOTRIBUTISTAS: LAS CONDICIONES PARA OBTENER PRÉSTAMOS A TASA CERO

El gobierno nacional aprobó este jueves el reglamento en el que se detalló las condiciones para que monotributistas accedan a créditos a tasa cero. A través de la Resolución 503/2021 que se publicó esta madrugada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Desarrollo Productivo comunicó los requisitos de acceso “a los que deberán dar cumplimiento los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y las condiciones de financiamiento bajo las cuales se otorgarán.

Será la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la que implementará la medida fijando el monto máximo del crédito que depende de la categoría de monotributo al 30 de junio de este año, es decir, antes de que opere la recategorización de la escala. En efecto, para la categoría A, el préstamo es hasta 90 mil pesos; para la categoría B, hasta 120 mil pesos; y el resto de las categorías tendrán un tope máximo de 150.000 pesos. Los solicitantes de cualquiera de las categorías en la que revistan, deberán solicitar al menos, la suma de 10.000 pesos.

Las financiaciones contarán con un plazo total de 18 meses contados a partir de su acreditación en la tarjeta de crédito del monotributista, incluido el período de gracia de seis meses. Los créditos podrán ser solicitados a través de la página web de la AFIP hasta el 31 de diciembre de 2021. Por su parte, las entidades financieras podrán recibir solicitudes de interesados hasta el 20 de enero de 2022.

FUENTE: «INFOBAE».