El gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial la resolución 1.133 del Ministerio de Trabajo, reglamentando el pago de los bonos a empleados anunciado el domingo 27 de agosto por el ministro de Economía, Sergio Massa y formalizada posteriormente en el DNU 438 del Poder Ejecutivo.
La resolución limita fuertemente la posibilidad de las empresas, de las provincias e incluso de las familias de poder “absorber” en aumentos dados previamente, el bono de $60.000 (en dos cuotas de $ 30.000) que dispuso el gobierno nacional para empleados privados y públicos y el de $25.000 (en dos cuotas de $12.500 o la parte proporcional) para trabajadores de casas particulares.
El primer artículo de la resolución oficial, firmada por la ministra Raquel Kismer de Olmos, aclara en su artículo 1 “que la posibilidad de absorción indicada en el artículo 8° del DNU 438 para las asignaciones no remunerativas previstas en los artículos 1°, 2° y 3° del mismo, se efectivizará siempre y cuando el mecanismo para absorberlas haya estado previsto en forma expresa en cláusulas de los Acuerdos o Convenios Colectivos de trabajo ya pactados para las remuneraciones devengadas en los meses de agosto y setiembre de 2023. En caso de no estar específicamente acordado, los aumentos salariales ya pactados no podrán ser objeto de absorción”.
Eso es válido para los empleados de la administración pública nacional y de las provincias que otorguen el aumento, pero no para el caso de los municipios, ya que ni siquiera se los menciona, como en el anuncio oficial en que se los había “invitado” a que paguen el bono. Extrañamente, así, el gobierno entiende que puede obligar a los particulares, pero no a los intendentes.
FUENTE: «INFOBAE».