EL PLAN GAS.AR SE EXTIENDE HASTA EL AÑO 2028

El Gobierno extendió hasta 2028 la vigencia del Plan Gas.Ar, que define un cuadro normativo de certidumbre en relación a precios y cantidades de venta al mercado interno y de exportación para las empresas que operan en el sector hidrocarburífero.

A nivel precios, el programa funciona con un valor estímulo para la promover la inversión privada, que en parte es fondeado por el Estado para evitar el pleno impacto en tarifas. Con esta nueva etapa, el primer objetivo oficial es profundizar el desarrollo de Vaca Muerta a partir de la puesta en marcha, en los próximos años, del gasoducto Néstor Kirchner, que permitirá ampliar la oferta nacional de gas natural.

La extensión del programa, el «Plan Gas 5» según se lo conoce en la industria, se concretó a partir de la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia 730/2022. En los fundamentos de esa norma, el Gobierno indica que las obras de los nuevos gasoductos «posibilitarán el transporte de una creciente producción de gas natural no convencional desde la Cuenca Neuquina» y que «resulta prioritario y urgente conformar demanda para volúmenes incrementales que puedan evacuarse en uso de la nueva capacidad de transporte en el sistema».

A partir del plan, se espera que la oferta que surja del primer tramo del nuevo gasoducto cuente con sus volúmenes asegurados, ya que se licitarán 11 millones de metros cúbicos por día para que estén disponibles en junio-julio de 2023.

Además, el Ejecutivo indica que «se ha observado una dinámica diferenciada entre las distintas cuencas productivas, donde la Cuenca Neuquina se destacó por su crecimiento y sus mejoras de productividad, al tiempo que las demás cuencas –de producción convencional– han enfrentado dificultades para revertir su declino tendencial».

El decreto representa una fuerte señal de continuidad para la industria, aunque se trata de una normativa de base, más adelante el Ejecutivo deberá dar precisiones en relación a volúmenes y precios tope del gas para comenzar la ronda de licitaciones públicas que terminen de asignar los contratos de comercialización.

FUENTE: PÁGINA 12.