La medida rige desde las 18:00 del 9 de septiembre de 2026 y comprende el tramo del río Paraná ubicado entre los kilómetros 1109 y 1150, ambos inclusive.
Durante la vigencia de la veda queda prohibida toda modalidad de pesca, tanto deportiva como comercial y de subsistencia, en el sector delimitado. La protección se mantendrá mientras persista la concentración extraordinaria de ejemplares y continuará sobre el cardumen en caso de que este se desplace fuera de los límites establecidos.
La disposición permanecerá vigente hasta que un nuevo acto administrativo determine su levantamiento, de acuerdo con la información y los informes técnicos que permitan evaluar la evolución de la situación.
Desde la Dirección de Recursos Naturales se solicita la colaboración y responsabilidad de todos los pescadores y usuarios del recurso, con el objetivo de contribuir a la protección y conservación de la fauna íctica del río Paraná.
El incumplimiento de la medida contempla una multa equivalente al valor de 500 litros de combustible súper, además de una inhabilitación para realizar actividades relacionadas con los recursos naturales por un período no menor a seis meses, independientemente de la cancelación de la multa.
Para denunciar posibles incumplimientos, se encuentran habilitados los canales oficiales de la Dirección de Recursos Naturales: recursosnaturalescorrientes@hotmail.com y 0379-154341357.