El plexo sustituye una norma de 1971, sancionada por un gobierno de facto. Tiene 482 artículos, es moderno, promueve la participación ciudadana y agiliza los procesos judiciales. El peronismo insistió en sus reparos, pero votó a favor. El oficialismo pidió acompañamiento para su financiamiento.
El Senado convirtió en ley ayer el nuevo Código Procesal Penal, que reemplaza a uno de la década del 70, sancionado durante una intervención federal en el marco de una gobierno militar. La norma fue aprobada por unanimidad, aunque el peronismo hizo notar sus diferencias.
Finalmente, llegó el día en que la Legislatura sancionó un nuevo Código, tras 15 años de intentos fallidos. El oficialismo ya salió a pedir la colaboración de la oposición a la hora de discutir el presupuesto para el Poder Judicial.
El plexo, primero, se implementará en la cuarta circunscripción judicial, cuya cabecera es Paso de los Libres y, recién al tercer año, se usará en toda la provincia.
Para que su puesta en marcha sea efectiva se conformará una comisión, que se encargará de la aplicación y el seguimiento de la presente ley, integrada por dos representantes del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, dos del Ministerio Público, uno del Poder Ejecutivo, uno del Honorable Senado y uno de la Honorable Cámara de Diputados. La Comisión deberá reunirse, periódicamente, durante el tiempo que demande la implementación de la presente ley en todas las circunscripciones a fin de evaluar y escuchar a los distintos operadores judiciales. En base a ello, emitirá informes, los cuales serán elevados al Superior Tribunal, que resolverá respecto a la entrada en vigencia y aplicación progresiva de las disposiciones establecidas en la ley. La comisión funcionará rotativamente en el lugar que ella misma designe. El Presidente de la Comisión será elegido por simple mayoría, cada doce meses. La oposición, es decir el peronismo, apoyó la iniciativa aunque, según declaraciones de la senadora Nancy Sand, lamentaron no poder realizarle cambios. “Estuvimos en desacuerdo con que el Código incluya la figura del arrepentido, hoy cuestionada a nivel nacional. Nos pareció innecesario que figuren las técnicas de investigación y exigimos la separación del Ministerio Público Fiscal”, dijo.
El que recogió el guante fue el ex gobernador Ricardo Colombi, quien le respondió: “Puede ser que el Código guste a una mitad y desagrade a la otra. Pero lo cierto es que Corrientes tiene hoy una norma moderna y luego se le irán realizando los cambios que se requieran”.
Envalentonado, Colombi les reclamó por el presupuesto para el Código. “Quiero pedir que haya coordinación entre Diputados y Senadores para que al momento de tratar el presupuesto del Poder Judicial tengamos en cuenta esto, que busquemos las herramientas necesarias para que la Justicia tenga presupuesto”, lanzó. Rápida de reflejos, la senadora Carolina Martínez Llano (PJ) redobló la apuesta: “Sólo para decir que coincido con el senador Colombi. Fui la primera en alertar sobre el asunto. Espero que el oficialismo ponga de su parte”.
El Código Procesal Penal fue aprobado por unanimidad. Tiene 482 artículos y reemplazará a la norma sancionada en 1971, publicada en el boletín el 15 de febrero de ese año bajo la intervención de Adolfo Navajas Artaza, gobierno de facto.
Fueron 13 los senadores que votaron a favor de la sanción de la norma. Los senadores Mario Bofill y Roberto Miño, ambos peronistas, se ausentaron con aviso.
El senador radical Noel Breard fue el principal orador en la sesión. “Se nos complicó la interna intelectual y también la política. Porque todos estábamos de acuerdo en un nuevo Código Procesal Penal, pero se fue retrasando hasta hoy”.
“La idea central de este nuevo Código es la rapidez. De cada 100 juicios que se inician en el ámbito penal, sólo tres llegan a condena, 97 se archivan o caen. Muchos nos preguntan cuánto cuesta el nuevo Código, pero nadie se cuestiona cuánto nos cuesta hoy la Justicia”, agregó.
Para concluir, aseguró: “El doctor (Gustavo) Robineau (fiscal) trabajó todos los días con el doctor Buompadre para unificar criterios y lograr esta moderna norma, que seguro tendrá resistencia y seguro iremos modificando en breve”.
Diez claves del nuevo Código
1) Sustituye a un Código Procesal que data de 1971, de un gobierno de facto, con 599 artículos. El nuevo tiene 482.
2) Instaura el proceso acusatorio: el fiscal investiga, el juez juzga (art. 2).
3) Introduce el principio de oralidad. De ahora en más, en los procesos judiciales primará la oralidad, sin excluirse la escritura (art. 318).
4) Instaura el proceso de flagrancia, que acelera los tiempos de la Justicia, en un mes debe juzgarse la situación del imputado (art. 228, 385, 390).
5) Justicia en plazo razonable (art. 18), plazo máximo de duración del proceso: 3 o 6 años (art. 145)
6) Juicio por jurados (art. 307).
7) El fiscal podrá eximir a la policía, total o parcialmente, de recibir denuncias, en los lugares en los que tenga disponible una oficina que garantice el derecho a denunciar (art. 275).
8) Juicio abreviado (art. 374). Acuerdo entre fiscal e imputado para una acusación que incluya la solicitud de pena, acordada por las partes.
9) Videoconferencia. En algunos casos las declaraciones podrán realizarse mediante este sistema (art 326).
10) El Código Procesal Penal se implementará en los dos años siguientes sólo en la cuarta circunscripción judicial, cuya cabecera es Paso de los Libres; recién al tercer año se implementará en toda la provincia (primera disposición transitoria).